Las ventas sucesivas o en cadena, también conocidas como operaciones triangulares, son operaciones complejas desde el punto de vista del IVA, ya que existen una o varias entregas anteriores previas a la exportación o destino final de la mercancía.
Nos referimos a cuando se dan ventas sucesivas en un mismo estado miembro (ESPAÑA) con la exportación a un país tercero como destino final.
- : Empresa fabricante/vendedora española
- : Empresa compradora/exportadora española (intermediaria)
- : Empresa destinataria final extranjera
Donde (A) le vende a (B) y (B) le vende a (C), como (C) está en un país tercero, (B) exporta a (C).
Para obtener ventajas a la hora de abonar el IVA, solicitar su devolución o directamente no soportarlo, existen tres fórmulas:
- Posibilidad número 1: Es la que más se utiliza cuando la cantidad de IVA a soportar no es muy grande. Efectivamente la compraventa de (A) a (B) es con IVA al ser dos empresas españolas, lo que sucede es que, al exportarlas después, (con su correspondiente DUA de exportación) a la hora de hacer la declaración de IVA, se puede solicitar su devolución o compensación, y aduanas /AEAT devuelve o compensa ese IVA. Usáis como prueba el DUA de exportación y lógicamente las facturas tanto de compra como venta. Es decir, soportáis el IVA y solicitáis la devolución y o compensación.
- Posibilidad numero 2: Esta posibilidad se hace cuando se manejan grandes cantidades de IVA. Que el fabricante vincule las mercancías a un DDA (deposito distinto del aduanero) y aquí si os puede emitir una factura sin IVA. La mercancía quedaría en el depósito y después se hace la venta para exportación sin IVA. No soportaríais IVA, pero habría otros gastos como vincular la mercancía al DDA y transportarla al DDA. Usáis como prueba el DVD (DUA de vinculación a despacho). En el documento de salida del DDA tiene que aparecer el código de exportación para justificar también la salida de esa mercancía del DDA.
- Posibilidad número 3: Para que B obtenga la exención plena de IVA sin ningún gasto extra de depósitos ni figura aduanera alguna…, se debe consignar la operación de la primera venta (fabricante-intermediario), la segunda venta (intermediario-comprador final) y la exportación en un mismo documento, un DUA de exportación. Lo que implica que el fabricante pueda conocer el valor de venta final del intermediario al comprador, a través del valor estadístico detallado en el DUA (exigencia de la cumplimentación del DUA). Para que esta posibilidad se pueda llevar a cabo, debe haber un único transporte y vincularlo a la primera operación*. De tal manera que aparezca como exportador (A) aunque el que realiza la segunda venta sea (B).
* Este transporte sería directo entre las instalaciones del fabricante y el destino final de la mercancía
